¿Cuánto se cobra de baja?

Se cobra de baja

Aunque llegar a esta pregunta suele significar que tienes pensado pedir la baja en tu trabajo, te sorprendería saber cuántas personas ajenas a esta circunstancia quieren conocer más sobre dicho trámite. Aquí vas a poder descubrir cuánto dinero se cobra cuando un empleado permanece de baja, pues es algo que ocurre muy a menudo y que, según las características de cada uno, varía. No dejes que te engañen y descubre ya cuánto dinero te corresponde si te pides la baja laboral.

El dinero que se recibe de baja laboral

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Como comentábamos anteriormente, el dinero recibido por cada empleado de baja varía según sus circunstancias personales, por eso te explicamos aquí las diferentes opciones y los casos más comunes de baja.

  • Contingencias comunes. Cuando la baja se deba a problemas comunes referentes a la salud, debes tener en cuenta que los primeros tres días no cobrarás. Será a partir del cuarto hasta el día 20 cuando obtendrás un 60% de la base reguladora del sueldo. Para conocer a cuánto equivale dicha cantidad deberás comprobar en cualquier nómina la bases y dividir dicha cantidad entre 30 días. Una vez hecho esto se calcula el 60% de la cantidad obtenida y se multiplica por los días que se está de baja.

Sólo se obtendrá el 75% de la base reguladora a partir del día 21. Para calcularlo solo tienes que repetir el proceso anterior sustituyendo el 60% por un 75% en este caso.

Recuerda que según el convenio colectivo las condiciones pueden variar, pero en todo caso serían a mejor, pues las condiciones aquí explicadas son las mínimas legales.

  • Contingencias profesionales. En este caso se cobra directamente el 75% de la base reguladora desde el primer día en el que se está de baja. Debido al aumento de dinero que se obtiene mediante este tipo de baja, los juzgados están repletos de recursos de parte de las mutuas y de trabajadores, pues mientras unos pretenden pagar menos los otros buscan obtener más.

Ahora que ya conoces los dos tipos de bajas más populares, sigue leyendo el siguiente listado para entender todavía mejor el funcionamiento de este trámite.

  • En caso de recaída. Si se sufre una recaída, se obtiene una cantidad equivalente a la de una baja ordinaria, es decir, común.
  • Duración de bajas. Las bajas tienen una duración máxima de 365 días, aunque se pueden prorrogar otros 180 cuando todo apunte a una recuperación en dicho plazo. De no ser así y necesitar más tiempo, lo más probable es que la Mutua o el INSS se planteen considerar al empleado con una incapacidad permanente.
  • Día de pago. Lo cierto es que, a diferencia del pago del salario habitual, para las bajas no hay un día establecido de pago.

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